Gestoría ante el DOF
Publica tu edicto en el DOF sin pisar una ventanilla
Nos encargamos de la cotización, el pago de derechos y el envío ante el Diario Oficial de la Federación. Tú nos mandas el documento; nosotros regresamos con el comprobante y el sello oficial en la mano.
Solicitar cotización por WhatsAppTe contesta un asesor. Sin formularios eternos ni menús automatizados.
Artículo I
Qué es un edicto y cuándo lo pide un juzgado
Un edicto es la publicación oficial con la que un juzgado notifica un acto legal a alguien que no puede ser localizado por los medios ordinarios, o hace pública una convocatoria, un aviso o una resolución. El Diario Oficial de la Federación es uno de los medios donde la ley exige esa publicación, y sin el comprobante correspondiente el trámite ante el juzgado se queda detenido.
- Sucesiones y herencias
- Juicios de amparo
- Cambios de razón social
- Avisos de liquidación
- Convocatorias de asamblea
- Notificación a personas no localizadas
Artículo II
Cómo funciona el trámite
Cuatro pasos, sin que tengas que ir a ninguna ventanilla.
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Nos envías tu documento
Nos compartes el edicto y el oficio o requerimiento del juzgado, por WhatsApp o correo.
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Cotizamos el espacio exacto
Calculamos el costo real según el número de palabras y validamos que cumpla los lineamientos del DOF, antes de pagar un peso.
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Pagamos y enviamos a publicación
Cubrimos los derechos correspondientes y presentamos tu edicto ante el Diario Oficial de la Federación.
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Recibes tu comprobante
El día de la publicación te llega el testigo digital con el sello oficial, listo para entregar al juzgado.
Artículo III
Inversión y tiempos
Transparencia total: sabes qué pagas antes de pagarlo.
Honorarios de gestoría
Por trámite. Incluye asesoría, revisión del documento y seguimiento hasta que tengas tu comprobante. Te confirmamos la tarifa vigente en tu cotización.
Derechos del DOF
Según la extensión del documento; la mayoría ocupa entre 3/8 y media plana. El monto lo fija el DOF y se actualiza cada año, así que te damos el número exacto en tu cotización.
Artículo IV
Respaldo
Lo que dicen quienes ya pasaron por este trámite con nosotros.
¿Necesitas factura? Facturamos nuestra asesoría. El comprobante de los derechos del DOF lo descargas directamente desde el repositorio fiscal del SAT, a nombre de quien hizo el pago.
Preguntas frecuentes
Antes de escribirnos
Sí. Desde 2021 es completamente digital, pero conserva el mismo valor legal. Lo único que cambió es que la consulta y el comprobante ahora son electrónicos.
El mismo día de la publicación te llega tu testigo digital por correo electrónico, con el sello oficial listo para presentar ante el juzgado.
Sí, facturamos nuestros honorarios de asesoría. El comprobante de pago de derechos lo obtienes desde el repositorio fiscal del SAT, a nombre de quien realizó el pago.
Una vez que confirmamos el ingreso de tus documentos, la primera publicación se realiza al tercer día hábil.
El documento que quieres publicar y el oficio o requerimiento del juzgado que lo solicita. Con eso te damos la cotización exacta.